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Informazione sulla pubblicazione:
Recensione: Doctoris Subtilis et Mariani B. loannis Duns Scoti Ordinis fratrum minorum Opera Omnia. Studio et cura Commissionis scotisticae ad fidem codicum edita. Vol. XIX (Civitas Vaticana, typis vaticanis, 1993).

 
 
 
Foto Manzano Isidoro , Recensione: Doctoris Subtilis et Mariani B. loannis Duns Scoti Ordinis fratrum minorum Opera Omnia. Studio et cura Commissionis scotisticae ad fidem codicum edita. Vol. XIX (Civitas Vaticana, typis vaticanis, 1993)., in Antonianum, 68/2-3 (1993) p. 413-415 .
Sommario in spagnolo:

Este volumen de las «Opera Omnia» de Escoto contiene las Distinciones 7-44 de la Lectura de Escoto al segundo Libro de las Sentencias. Con ellas se completa la edición critica de la Lectura a los primeros Libros de las Sentencias de Pedro Lombardo.

Este volumen está realizado con las mismas reglas de juego y con los mismos criterios que los volúmenes anteriormente aparecidos. Y como quiera que los aciertos de la edición crítica hayan sido reconocidos laudatoriamente por la aca­demia de los expertos huelgan los renovados encomios. Comentemos, sin em­bargo, algunas particularidades.

Lo nuevo en este volumen es el prolegomena, prometido ya en el volumen precedente (XVIII, XII). En total hacen 75 páginas en las que se tratan todos los problemas particulares atañentes a la Lectura en general y a la Lectura II en parti­cular.

En el primer punto están tratados todos los problemas referentes a los códi­ces que la contienen. Los editores, con la competencia que les caracteriza, anali­zan el estado, las condiciones, variantes, concordancias y particularidades propias de cada uno de los códices. Un trabajo magistral y detallado de análisis del texto.

En el segundo punto tratan el problema de la autenticidad de la Lectura. Con gran solvencia someten a crítica tanto los argumentos externos como los internos, terminando este apartado con un discernimiento de autoridades que confunden en su denominación. La conclusión final de los editores es que la Lectura II es el Comentario juvenil de Escoto al Libro de las Sentencias, realizado en Oxford por el año de 1300 al 301, antes de su primer traslado a París.

En el tercer apartado, los editores estudian el uso que Escoto hizo de la Le­ctura II en la confección de á Ordinatio.

En el apartado cuarto tratan los editores de algunos problemas particulares que ellos han podido clarificar. Se refieren al problema, mal resuelto por el P. Balig, consistente en afirmar que Escoto varió su modo de comprender la relación entre entendimiento y voluntad haciendo de ésta la única causa de su acto o voli­ción, opinión defendida por Escoto en Oxford, según el eminente investigador, para pasar Escoto, después y en París, a la concurrencia de entendimiento y vo­luntad como dos causas parciales que se integren como causa total del acto. La confusión del P. Balig se fundaba en el supuesto de que las «Secundae Additio-nes», citadas por Wodeham, eran obra de Escoto. Contra lo uno y lo otro argu­mentan los editores, discípulos de Bali§, con amor y con contundencia. En efecto, podemos dar por asentado, que Escoto no mudó opinión en torno a este pre-blema sosteniendo una cosa en Oxford y otra en Paris. Y esto, por la sencilla razón de que la Lectura I-II son sus lecciones de Oxford.

Era obsesión del P. Balig la de describir el pensamiento de Escoto en este tema de las relaciones entre entendimiento y voluntad como una evolución que va de la voluntad, como única causa de su acto, a una mayor dependencia de ésta del entendimiento o del objeto presentado. Los editores, sus discípulos, han hecho bien en corregir en esto a su maestro. Pero de aqui a afirmar que Escoto nunca retractó o mudó sustancialmente su concepción (p. 40*) es ya demasiado. Mi opinión (que no podemos desarrollar aquí) es que, efectivamente, hay una evolución en la manera de comprender Escoto esta relación entre entendimiento y voluntad; mas es una evolución que corre en el sentido contrario del propuesto por Balig, a saber: una tendencia a hacer del objeto presentado por el entendi­miento una simple «conditio sine qua non» del acto libre.

Disentimos también de los editores en la solución del segundo problema to­cante a la relación existente entre la Lectura y las QQ. in Met. Es evidente que, en tanto no tengamos el texto critico de éstas últimas, no se puede tratar el problema con criterio válido y es, por lo mismo, prematuro planteárselo. Las razones que aportan los editores (p. 41*s.) en favor de la antecedencia de las QQ. in Met. son buenas y abren un camino. Pero tampoco hay que desconocer que, en algunos problemas, las QQ. in Met. indican una doctrina más evolucionada con respecto a la propuesta en la Lectura. En concreto, sobre el tema de la voluntad y su acto. Los editores (p. 42*) nos dicen que Escoto, haciendo mención de la voluntad en la q. 14 del Libro IX de las QQ. in Met., se refiere a la d. 25 de la Lectura cuando afirma que «non oportet hic in speciali — sed alibi — explanare». Sin embargo, la q. 15 del mismo libro IX de las QQ. in Met. está deidicada al estudio de la libertad y su acto, si bien en contexto diverso de aquel en el que es tratada en la d. 25. Hay otros ejemplos.

Estos reparos no desvirtúan en lo más minimo el valor crítico de los prolego-mena, como es evidente.

Los dos apartados siguentes (quinto y sexto) se refiren a problemas concre­tos de crítica textual. Y aqui, como en terreno propio, vuelven los editores a ser precisos y puntuales. De modo particular, es importante el sexto para el lector, ya que se trata del estilo peculiar de Escoto, asi como de su vocabulario.

Muy importante para el lector es el «apéndice» (p. 55*) en donde se nos hace un croquis comparativo de los textos paralelos, comunes y peculiares, recogidos en la Lectura I y II, en la Reportatio A y en la Ordinatio.

Con la publicación completa de la Lectura I y II el lector tiene a mano el pensamento primitivo de Escoto y las intuiciones más originales de su pensa­miento. Felicitar cordialmente a la Comisión y desearles que, pronto, nos puedan ofrecer el regalo de la publicación de lo que falta del segundo libro de la Ordina­tio.



 
 
 
 
 
 
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