Vazquez Janeiro Isaac ,
Miscellanea: El obispo de ciudad Rodrigo destinatario de la bula «Us quae» (26-7-1469). Rectification historiografica,
in
Antonianum, 60/1 (1985) p. 160-166
.
Sommario in spagnolo: 1. La buia en cuestión, dada por el papa Pablo II, ofrece estos datos relativos al destinatario: «Ad futuram rei memoriam... Sane prò parte venerabilis fratris nostri Alfonsi episcopi Civitatensis,., I Quare prò parte dicti episcopi asserentis, quod ipse etiam ante suam promotionem ad prefatam ecclesiam Civitatensem, Ordinis fratrum Minorum professor fuit... Datum Rome, apud sanctum Petrum anno incarnationis dominice MCCCCLXVIIII, septimo kal. augusti..., annoi quinto [1469, julio 26] 0).
2. En 1939 J.M. Pou y Marti, al dar a conocer està buia, copia eli « incipit » y la data y ofrece un resumen, sin aclarar nada la persona lidad del destinatario: « confirmat donationem loci de Cuellar, Civi-? tatensis dioec. (Ciudad Rodrigo), factam in favorem fabricae dictae ecclesiae ab Alfonso episcopo Civitatensi (qui antequam ad praedic-tam sedem promoveretur professor O.F.M. exstiterat)... » (2).
En 1956 J. Fernàndez Alonso, refiriéndose a Alfonso de Paradinas fundador de la iglesia y hospital de Santiago de los espafioles, en Roma, escribe: « Continuaba en Roma cuando en 1469 fue elegido obispo de Ciudad Rodrigo; era a la sazón tesorero de la catedral de< Sevilla y poseia otros beneficios en diversas iglesias, que le sor confirmados por buia de 20 de octubre del mismo ano 1469. Es li| fecha que lleva también la buia de provisión » (3); y citando el registra vaticano de la buia « lis quae », continua: « la elección, sin embargo, debió de ser al menos en el mes de julio, pues el dia 26 de éste se encuentra fechada una buia de Paulo III [= II], confirmando la donación del lugar de Cuéllar a la catedral de Ciudad Rodrigo hecha por su obispo Alfonso de Paradinas, que lo habia comprado « partim :x fructibus mense sue episcopalis Civitaten., partim vero in eius legationibus habitis » (4). Aun en el supuesto de que la elección fuese al menos en el mes de julio, Fernàndez Alonso cree que Alfonso de Paradinas « dificilmente podrfa haber pagado con los frutos de Ciudad Rodrigo, pues aùn no habia percibido nada, y habia de tardar... Mas bien habria que entender que dichas rentas le sirvieron de crédito para hacer la compra de que habia » (5). En otro impor-tantisimo estudio sobre la iglesia de Santiago de los espaiioles en Roma, publicado en 1983, Fernàndez Alonso remite al trabajo de 1956 -yanade algunos datos nuevos — sobre Alfonso de Paradinas, « mas iarde (1469) obispo de Ciudad Rodrigo » (6).
Ultimamente, Mons. Demetrio Mansilla, el autorizado historiador de las iglesias castellano-leonesas de la edad media, acaba de publicar .n la revista Scripta theologica, de la Universidad de Navarra, la mejor biografia de su ilustre predecesor « Alfonso de Paradinas, ibispo de Ciudad Rodrigo (14691485) », con un apéndice de 12 docu-mc-ntos inéditos (').
Refiriéndose a la buia « lis quae » de Pablo II, dice que « confirma la donación del lugar de Cuéllar, cerca de Gallegos de Argafiàn, uè Alfonso de Paradinas ha hecho a favor de la Catedral civitatense. La circunstancia de haber becho està donación con posterioridad = anterioridad] a su promoción episcopal en la sede de Ciudad
Rodrigo, induce a sospechar que las relacìones con este Obispado»! eran nuevas ni recientes. Y mas todavia, si se tiene en cuenta qui habia donado también por esa misma fecha 1.000 fanegas de trigoo 2.000 florines, segùn afirma Hernàndez Vegas. El lugar de Cuéllarl por tanto, era una propiedad que Paradinas habia adquirido... Las; rentas de està donación estaban valoradas en 24 ducados anuales de oro, cantidad muy apreciable y valiosa para aliviar la dificil y angus-tiosa situación econòmica, por la que atravesaba la fàbrica de la Catedral civitatense» (8). Y en el apéndice, antepone a la publìcaciói integra de la buia « Iis quae », el siguiente encabezamiento: « Pabloll! confirma la donación del lugar de Cuéllar, próximo a Ciudad Rodrigo, hecha por el obispo don Alfonso de Paradinas a favor de la fàbrìca de la iglesia civitatense. Dicho lugar lo habia adquirido el mencionadc obispo con las rentas que le pertenecian de la mesa episcopal y en parte con el producto de las legaciones a él confiadas » (9). El A. publica también la buia « Apostolatus officium », Roma, San Pedro, octubre 20, 1469, por la que « Pablo li nombra obispo de Ciudad Rodrigo a don Alfonso de Paradinas, tesorero de la Iglesia de Sevilla, vacante por traslación de fray Alfonso de Palenzuela a la diócesis de Oviedo» (10). En otra parte del trabajo, Mons. Mansilla afirma que el 20 de octubre es la fecha de la « buia de nombramiento », mientras que — comò ya hemos visto — para Fernàndez Alonso era la fecha j de la «buia de provisión » (u). Y continua Mansilla: « En Ciudad Rodrigo, sin embargo, la noticia del nombramiento del nuevo obispo llegó a conocerse algunos meses antes de expedirse las bulas ponti- ; ficias, y fue el mismo don Alfonso de Paradinas el que lo dio a conocer, I al hacer, de acuerdo con el cabildo, una donación del lugar de Cuéllar a favor de la fàbrica de la catedral » (l2).
Ademàs de la dificultad de orden cronològico, la buia « Iis quae » presenta otra circunstancia de tipo autobiogràfico que dificilmente cuadra con la vida de Paradinas: « quod ipse etiam ante suam promotionem ad prefatam ecclesiam Civitatensem, Ordinis fratrum Minorum professor full » (13). Mons. Mansilla explica està clàusula asi: « [Alfonso de Paradinas] nació hacia el ano 1395. Por el afio 1417 era estudiante del colegio viejo de San Bartolomé de la Uni-versidad de Salamanca, donde Uegó a doctorarse en derecho y en cuya Universidad fue mas tarde catedràtico de Cànones. También jue profesor de algùn convento de la Orden franciscana, que bien podria haber sido en Salamanca. No creemos que lo fuera en Ciudad Rodrigo, por no figurar corno centro de Estudios de la Orden [sub-rayado mio] » (14). Evidentemente, Mons. Mansilla habla de una relación meramente académica de « Alfonsus episcopus Civitatensis » con la Orden franciscana. Pero, con todo mi respeto hacia el eminente maestro de nuestra historia medieval, creo poder afirmar con certeza que aqui se trata de una relación de otro tipo, es decir, de una relación de vinculación religiosa a la Orden franciscana por parte del « Alfonsus episcopus ». Por dos razones. Primera, porque la expresión « professor Ordinis fratrum Minorum » es una fòrmula clàsica para expresar que uno profesó o profesa la Regia franciscana, que fue o que es franciscano. Desisto de citar ejemplos; «nolo enim docere Minervam »; segunda, porque mas adelante la mìsma buia « Iis quae » indica claramente que el « Alfonsus episcopus » estaba vinculado, « ante suam promotionem », a la Orden franciscana por la profesión religiosa. De hecho, Pablo II confirma la donación « Alfonsi episcopi », « non obstantibus... statutis et con-suetudinibus ecclesiae et Ordinis praedictarum [= praedictorum] tormento, confirmatione apostolica vel quavis alia firmitate robo-rafis» (15).
3. Excluimos, pues, que el « Alfonsus episcopus Civitatensis » de i buia « Iis quae » se deba identificar con Alfonso de Paradinas, or las siguientes razones: a) porque la buia « Iis quae » no dice en ninguna parte que « Alfonsus episcopus » sea Paradinas; b) porque Paradinas no era franciscano, puesto que no figura comò tal en los muchos momentos que hoy se conocen de su vida, ni tampoco en la I buia de su nombramiento para obispo, en la cual por lo demàs, se I le considera « thesaurarium ecclesie Ispalensis, decretorum docto- [ rem, in diaconatus ordine constitutum » (16) ; y e) porque Alfonso | Paradinas el 26 de julio de 1469 no era obispo de Ciudad Rodrigo, habiendo sido nombrado para dicha sede ciertamente el 20 de octubre de ese mismo ano; ni cabe la posibilidad de que lo fuera, j pues dicha sede quedó vacante solamente ese mismo dia 20 de octu-l bre, corno vamos a ver enseguida; ademàs, segùn un documento pu-blicado por J. Fernàndez Alonso, Paradinas el 29 de marzo de 14701 era todavia « electus Civitatensis » (17), es decir, no nabla sido ausi consagrado obispo; imposible, por tanto, que se le pueda identificar; con el « Alfonsus episcopus Civitatensis » de la buia papal « Iis I quae », de un ano antes.
4. Habrà que concluir, por tanto, y creo que sin el menor gènero de duda, que el « Alfonsus episcopus Civitatensis », destinatario de la l buia « Iis quae » de 26 de julio de 1469, es fray Alfonso de Palei)-1 zuela, por dos razones: a) porque era franciscano; un franciscano pasado del conventualismo (en donde se admitian, con dispensa, ciertas propiedades) a la Observancia, en la cual, no sólo se recha-1 zaban cualesquiera dispensas pontificias contra la pobreza, sino que también parece que estaba cundiendo una cierta mentalidad que llevaba al rechazo de un obispado, por considerarlo ocasión de pecado mortai (18); y b) porque el franciscano fray Alfonso de Palenzuela era efectivamente « episcopus Civitatensis » el dia 26 de julio de 1469; lo fue ininterrumpidamente desde el 22 de agosto de 1460 (19) hasta el 20 de octubre de 1469; en està ùltima fecha el papa Pablo II le decla: « tu, qui ecclesiae Civitatensi hactenus laudabiliter praefuisti »; y lo trasladaba a la sede de Oviedo, « a vin-culo, quo ipsi ecclesiae Civitatensi... tenebaris..., absolventes » (20).
Asi, pues, fue fray Alfonso de Palenzuela quien comprò el lugar de Cuéllar, gracias, en parte, a los frutos que venia percibiendo de la mesa episcopal, y, en parte, a los honorarios que le habian corres-pondido por razón de las muchas embajadas que habia desempenado tanto por encargo del rey de Castilla corno del papa. Y fue, por consiguiente, fray Alfonso de Palenzuela quien donò el lugar de Cuéllar a la catedral civitatense. Palenzuela que, aceptando el obispa-do, se habia acarreado sobre si la indignación de sus hermanos de la Observancia franciscana, al decir de Diego de Valera, quiso evitar ahora nuevas criticas y hasta eventuales contestaciones contra su donación. Y pide al papa se la confirme, « non obstantibus... statutis et consuetudinibus ecclesiae et Ordinis ». Y el papa se la confirmó con la buia « Iis quae ». Mons. Mansilla dice que se trató de una donación « muy apreciable y valiosa » (21). Pero, por parte de Palenzuela, diriase que no del todo desinteresada. Do ut des. Temiendo, y no sin fondamento, que en Oviedo no iba a encontrar la mesa (episcopal) puesta y provista (ante las contestaciones que los canó-nigos ovetenses venian moviendo contra el obispo), fray Alfonso pidió y obtuvo el 29 de octubre de 1469 que el papa le facultase para continuar disfrutando de las rentas del obispado de Ciudad Rodrigo, hasta que pudiese tornar pacifica posesión de la sede ovetense (22).
5. Por supuesto, maestra intención, al redactar està nota, no Je la de pretender defender los derechos de propiedad de un franciscano observante del siglo XV sobre una dehesa salmantina, sino a de contribuir a ilustrar su biografia con un detalle minimo y en la forma más modesta, como es la de corregir un simple e involuntario desliz, por otra parte, inexplicable.
Alfonso de Paradinas y Alfonso de Palenzuela. Dos hombres que no convendrá separar en el estudio del siglo XV. Dos figuras paralelas. Como obispos, como diplomáticos, como escritores, como vehículos de las relaciones culturales de aquella centuria entre España e Italia. Palenzuela no ha tenido todavía la monografía que se merece. Paradinas fue más afortunado. Sus dos mejores biógrafos son precisamente dos de sus más ilustres sucesores, uno en la sede civitatense, otro al frente de la Iglesia Nacional Española en Roma, de la que él, Paradinas, « bien puede considerarse como el verdadero fundador » (23). Sirva también esta nota para conmemorarlo en el quinto centenario de su muerte.
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